A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el organismo implementó procedimientos y regímenes informativos para generar una mayor competencia en el mercado mayorista de gas natural, distinguiendo las distintas actividades realizadas por los comercializadores. "Ante la necesidad
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El Directorio del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) emitió en diciembre pasado la Resolución 465/2017, la cual responde al reclamo de diversos sectores con relación a establecer reglas mín…
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El Directorio del INYM emitió la Resolución 465/2017, la cual responde al reclamo de diversos sectores con relación a establecer reglas mínimas, precisas y equitativas para los operadores que intervienen en gran medida al inicio de la cadena de producción como ser los “Comercializadores” y “Prestadores de Servicio de Cosecha y Flete”.
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El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) no contempla más dentro de las actividades comprendidas en el Registro Unificado de Operadores (Res. INYM Nº 54708) la posibilidad de que los mismos realicen actividades de intermediación, estableciendo que únicamente podrán comercializar con yerba mate, exigiéndoles a los comercializadores el cumplimiento de nuevos requisitos que deberán acreditar ante el Instituto antes del 31 de
marzo del corriente año.
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El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) no contempla más dentro de las actividades comprendidas en el Registro Unificado de Operadores (Res. INYM Nº 54708) la posibilidad de que los mismos realicen actividades de intermediación, estableciendo que únicamente podrán comercializar con yerba mate, exigiéndoles a los comercializadores el cumplimiento de nuevos requisitos que deberán acreditar ante el Instituto antes del 31 de marzo del corriente año.
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