La legislación establece que la velocidad máxima en travesías es de 60 km/ h; en rutas es de 110 km /h. para autos, camionetas y motos, de 90 km/h para ómnibus y de 80/h para camiones. En autovías y autopistas la máxima permitida es de 130 km/h para autos y motos, 110 km/h para camionetas, de 100 km/h para ómnibus y 80 para camiones.
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La legislación establece que la velocidad máxima en travesías es de 60 km/ h; en rutas es de 110 km /h. para autos, camionetas y motos, de 90 km/h para ómnibus y de 80/h para camiones. En autovías y autopistas la máxima permitida es de 130 km/h para autos y motos, 110 km/h para camionetas, de 100 km/h para ómnibus y 80 para camiones.
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