Mediante Disposición 9209/2020, se realizó la suspensión preventiva de la comercialización de todas las especialidades medicinales que contengan RANITIDINA como Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA), como monodroga o en asociación con otros IFA, en sus formas farmacéuticas orales, en todas sus concentraciones y presentaciones, en todo el territorio nacional.
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Suspendió la comercialización y pidió el retiro del mercado de este remedio, usado habitualmente para reducir el reflujo gástrico, debido a que puede resultar cancerígeno. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) suspendió preventivamente y prohibió la comercialización de todos los medicamentos que contengan Ranitidina, un medicamento usado habitualmente para reducir el...
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Ordenó retirar el fármaco del mercado de manera preventiva, mientras revisaba las consecuencias de una molécula en estos medicamentos prohibida por la Unión Europea.
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