En los casos en los que quede fehacientemente demostrado que la aplicación del Impuesto a las Ganancias producirá efectos confiscatorios sobre la renta o el patrimonio del contribuyente, corresponde suspender su aplicación
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En los casos en los que quede fehacientemente demostrado que la aplicación del Impuesto a las Ganancias producirá efectos confiscatorios sobre la renta o el patrimonio del contribuyente, corresponde suspender su aplicación
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