Desde ahora, los surtidores de combustibles líquidos deberán incorporar una nueva leyenda
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Además de la indicación del número o índice de octano, y del contenido máximo de azufre, tendrán que exhibir el porcentaje legal vigente de participación de los biocombustibles en las respectivas mezclas. Mediante la publicación de la Resolución 553/2023 en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía dispuso una nueva obligación para las Estaciones de [Leer más]